Inventario de Bienes y Derechos
En cumplimiento con lo dispuesto en:
- Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales
- Artículo 8.3 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
- Artículos 12.3e) y 19.2a) de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón
Los bienes de las Entidades locales se clasificarán en bienes de dominio público y bienes patrimoniales, los bienes de dominio público serán de uso o servicio público y tienen la consideración de comunales aquellos bienes que siendo de dominio público, su aprovechamiento corresponde al común de los vecinos.
El Ayuntamiento de Fiscal hace públicos los inventarios que se detallan a continuación: Bienes inmuebles, Bienes muebles de carácter histórico, artístico o de considerable valor económico y Derechos Reales.
- Bienes inmuebles
- Bienes muebles de carácter histórico, artístico o de considerable valor económico (Actualmente el Ayuntamiento de Fiscal no dispone de esta información)
- Derechos Reales (Actualmente el Ayuntamiento de Fiscal no dispone de esta información)
Última actualización el lunes, 27 de mayo de 2024 a 16:30